Estructura orgánica

El Consejo Consultivo para las Aguas Noroccidentales (CC ANOC) se reúne unas 10-15 veces al año aproximadamente y aborda un amplio abanico de cuestiones de carácter local, sectorial y transversal dentro de su ámbito de actuación regional circunscrito a las Aguas del Noroeste (ICES V-VI-VII). 

En esas reuniones, todas las partes interesadas se reunen con gestores, representantes de la Comisión y de las administraciones nacionales, estamento científico y académicos para debatir, intercambiar opiniones y formular propuestas que posteriormente se elaborarán y emitirán bajo la forma de recomendaciones y dictámenes adoptados por consenso como regla general. Tales recomendaciones y dictámenes serán enviados a la Comisión Europea y a los Estados miembros costeros interesados, ya sea por iniciativa propia o a instancia de éstos.

El CC ANOC consta de varios niveles de representación. Esta estructura organizativa pretende facilitar el acceso y la participación del mayor número posible de miembros y observadores en el procedimiento de debate y consenso de propuestas, en un esfuerzo por aunar eficacia e integración.

Tanto en la Asamblea General como en el Comité Ejecutivo se asigna un 60% de los escaños a representantes del sector pesquero y un 40% a los representantes de los otros grupos de interés respecto a la Política Pesquera Común, conforme a lo dispuesto en el Anexo III del Reglamento del Consejo y del Parlamento Europeo (UE) No 1380/2013. 


Las normas de adhesión y pertenencia a los Consejos Consultivos están recogidas en la Decisión 585/2004/CE del Consejo. 

Asamblea General

Todos los miembros del CC ANOC lo son también de la Asamblea General. Tienen derecho a voto los representantes del sector pesquero y los otros grupos de interés. La Asamblea General se reúne con una periodicidad mínima anual (habitualmente a finales de Septiembre en Dublín). 

La Asamblea General nombra un Comité Ejecutivo que se encarga de dirigir y coordinar las actividades del CC ANOC. 

Comité Ejecutivo 

El Comité Ejecutivo tiene el cometido de gestionar la actividad del CCR-ANOC y de adoptar sus opiniones, recomendaciones y dictámenes. La composición del Comité Ejecutivo se limita a un número máximo de 24-30 miembros y cuenta con una representación equilibrada de todas las partes afectadas por la política pesquera común.

El Comité Ejecutivo coordina el trabajo diario del CCR, y es el órgano de adopción de recomendaciones y opiniones.

El Comité Ejecutivo se reúne en sesión ordinaria tres veces al año como mínimo. 

Grupos de Trabajo

Debido a la extensión geográfica de la zona que abarca el CC ANOC, se decidió en la Asamblea General inaugural que la actividad y competencias de este Consejo Consultivo se asignarían a diferentes grupos de trabajo constituidos por subzonas específicas. 

Estos grupos de trabajo son los siguientes:

  • Mar de Irlanda - zona CIEM VIIa   [GT 1
  • Oeste de Escocia y Mar Céltico - zonas CIEM VIa, VI et VII (excepto d, e y a)    [GT 2
  • Canal de la Mancha - zonas CIEM VIId y VIIe    [GT 3]

Haga clic aquí apra ver una mapa de la zona del CC ANOC

Los Grupos de Trabajo se encargan de la discusión, el trabajo y la preparación de propuestas y son el último árbitro de valoración de las mismas antes de su remisión al Comité Ejecutivo.

 Los Grupos de Trabajo ayudan al Comité Ejecutivo en la preparación, debate y elaboración de propuestas y orientaciones específicas para cada zona pesquera en el marco de los objetivos globales del CC ANOC. Los integrantes de los grupos de trabajo podrían llegar a variar en función de las cuestiones que se sometan a debate. Los grupos de trabajo permiten la participación de una amplia serie de expertos técnicos y científicos y amplían el ámbito de participación de las partes interesadas. 

Los Grupos de Trabajo creados por el CC dependen directamente del Comité Ejecutivo y operan de acuerdo con las reglas y los procedimientos establecidos por la Asamblea General del CC ANOC. No obstante, los Grupos de Trabajo también pueden en ocasiones disfrutar de un cierto margen de discrecionalidad, según la diversidad de características y recursos pesqueros que estén bajo su competencia, a la hora de desarrollar su programa de trabajo.

Grupos de Enfoque

Los llamados grupos de enfoque son grupos de trabajo consultivos propuestos por los Grupos de Trabajo de subzonas y formalmente constituidos por el Comité Ejecutivo. Los grupos de enfoque se ocupan de cuestiones o asuntos concretos de interés específico cuya complejidad técnica requiere un análisis o tratamiento riguroso diferenciado por parte de un número limitado de miembros con amplia experiencia y conocimientos en la materia.

Su misión principal es la de asistir al Comité Ejecutivo en su labor de preparación de recomendaciones o dictámenes. Los grupos de enfoque se constituyen con carácter temporal o ad hoc y su número y contenido pueden variar de un año a otro dependiendo del programa de trabajo (prioridades, procedimientos de consulta abiertos...) y de la disponibilidad presupuestaria.